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Nuevo Código Penal entra en vigor; expectativas de modernización y críticas de juristas y opositores

Por JAVIER PEGUERO

SANTO DOMINGO.- La República Dominicana entró esta semana en una nueva etapa de su sistema de justicia penal con la aplicación del nuevo Código Penal, instituido mediante la Ley 74-25, que sustituye la legislación que rigió al país durante más de 140 años, desde 1884, y establece un amplio catálogo de nuevos delitos, mayores sanciones y mecanismos de protección para las víctimas.

La entrada en vigor de la nueva legislación constituye uno de los cambios jurídicos más trascendentales de las últimas décadas, después de numerosos intentos fallidos de sustituir el viejo Código Penal, inspirado en la legislación francesa del siglo XIX. El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 74-25 el 3 de agosto de 2025 y dispuso un período de 12 meses para permitir la preparación de jueces, fiscales, abogados, policías y demás actores del sistema de justicia.

Entre las principales novedades figura la incorporación de delitos que no estaban contemplados de manera adecuada en el antiguo ordenamiento, como el feminicidio, sicariato, ciberbullying, violencia económica, difusión ilícita de contenidos digitales y deepfakes con fines de chantaje, estafa piramidal, intermediación financiera no regulada, desaparición forzada, autosecuestro, falsa denuncia, obstrucción de justicia e instigación al suicidio.

La normativa también fortalece la persecución de la criminalidad organizada y los delitos contra la administración pública, amplía los mecanismos de protección a víctimas de violencia de género e intrafamiliar, establece medidas sociojudiciales posteriores al cumplimiento de las condenas y contempla el registro de agresores sexuales y programas de reeducación para favorecer la reinserción social. Asimismo, eleva las penas de prisión hasta 40 años y permite alcanzar hasta 60 años en determinados casos de concurso de infracciones graves.

Otro cambio de especial importancia es la incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, mediante la cual determinadas empresas y organizaciones podrán responder penalmente por delitos cometidos bajo determinadas circunstancias por sus representantes o integrantes. Sin embargo, las disposiciones relativas a esta responsabilidad tendrán una aplicación diferida hasta el 5 de noviembre de 2026, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 44-26.

La nueva legislación también amplía hasta 30 años, contados desde que la víctima alcanza la mayoría de edad, el plazo de prescripción de determinados delitos sexuales cometidos contra menores y personas vulnerables, mientras endurece las consecuencias penales por corrupción administrativa y establece nuevas herramientas para combatir modalidades delictivas surgidas con el desarrollo tecnológico.

Cuestionamientos por libertad de expresión

Sin embargo, la entrada en vigencia del Código Penal se produce en medio de fuertes cuestionamientos de sectores jurídicos, organizaciones sociales, periodistas y dirigentes políticos, quienes consideran que algunos de sus artículos pueden afectar derechos fundamentales, particularmente la libertad de expresión y de prensa.

Uno de los puntos que generó mayor controversia fue el tratamiento penal de determinadas expresiones, publicaciones y actuaciones contra funcionarios públicos. La preocupación llevó incluso a que el Gobierno y el Congreso promovieran modificaciones antes de la entrada en vigor de la normativa. El presidente Abinader había anunciado en julio un consenso para revisar disposiciones relacionadas con la libertad de expresión, procurando equilibrar la protección del honor y la intimidad con el ejercicio de las libertades públicas.

La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, salió además al frente de las preocupaciones generadas por las disposiciones sobre contenidos digitales y aclaró que memes, caricaturas, parodias, sátiras y materiales periodísticos, artísticos o humorísticos no constituyen delitos por sí mismos.

No obstante, el penalista Carlos Balcácer ha cuestionado el nuevo régimen por considerar que incrementa excesivamente el poder punitivo del Estado mediante el aumento y acumulación de penas. El jurista sostiene que algunas de las nuevas disposiciones no responden suficientemente a la realidad ni a la idiosincrasia dominicana y ha expresado preocupación por un modelo excesivamente orientado al castigo.

También el jurista Francisco Álvarez Martínez había advertido, antes de la entrada en vigor, sobre la necesidad de revisar determinados aspectos del nuevo ordenamiento y cuestionó incluso la situación jurídica de las modificaciones realizadas durante el período previo a su aplicación.

Durante la discusión del nuevo Código Penal, el dirigente del Partido del Poder Popular (PPP), Narciso Isa Conde, había manifestado que la propuesta del art.14 le quita responsabilidad penal al Estado, Alcaldías, distritos municipales, iglesias y partidos políticos.

Sostuvo que reduce (art.32) la prescripción de la corrupción a 20 años, liberándola de sanción penal y desconociendo que los delitos son irreversibles y siempre sancionables.

Y establece la jurisdicción militar y policial privilegiada para proteger a la alta oficialidad delincuente, criminal y represiva. Y no exime expresamente de penas a las empresas y corporaciones del gran capital privado, dominicano y transnacional, porque no necesitan hacerlo.

Isa Conde, inxistió que las grandes empresas capitalistas son el principal factor de poder en el marco de un sistema capitalista gansterizado y una institucionalidad corrompida y secuestrada por sus empresas y su dinero, en compañía con la partidocracia.

«Una gran parte de su corrupción está legalizada con las exoneraciones, exenciones, leyes onerosas, privilegios… Otra parte lo logran con sobornos, evasiones, subvaluaciones y sobrevaluaciones toleradas», insistió.

Para indicar que los principales protagonistas y beneficiarios de la gran corrupción ejercen el poder de la clase dominante, del gobierno, del Estado, de la partidocracia…A nivel civil, policial, militar, político y empresarial.

Oposición reclamó más tiempo para revisarlo

Las críticas también provinieron de sectores de la oposición política. La Fuerza del Pueblo (FP) pidió aplazar la entrada en vigor del Código Penal, alegando que algunas disposiciones podrían contradecir criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y la jurisprudencia dominicana en materia de libertad de expresión.

El secretario de Justicia de esa organización, Hotoniel Bonilla, advirtió que determinadas figuras penales relacionadas con las denuncias sobre funcionarios públicos podrían ser utilizadas como mecanismos de presión política y social mediante la amenaza de acciones penales.

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) también cuestionó el proceso de revisión de la legislación y sostuvo que las modificaciones realizadas antes de su entrada en vigor respondieron a la presión de diversos sectores de la sociedad que habían manifestado preocupación por el contenido de varios artículos.

En esa misma línea, el diputado peledeísta Charlie Mariotti había propuesto extender por seis meses el período de entrada en vigencia, con el argumento de que el tiempo adicional permitiría corregir disposiciones cuestionadas por periodistas, juristas y otros sectores.

Mientras tanto, Opción Democrática, a través de su dirigente José Horacio Rodríguez, propuso modificaciones orientadas, entre otros aspectos, a eliminar privilegios penales para partidos políticos e iglesias, declarar imprescriptibles determinados delitos graves de corrupción y endurecer las sanciones por malversación de fondos públicos.

Oficialismo defiende la reforma

Desde el oficialismo, en cambio, la valoración ha sido esencialmente positiva. El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, ha defendido la entrada en vigor de la nueva legislación al considerar que actualiza el ordenamiento penal frente a las nuevas modalidades delictivas y a las transformaciones sociales y tecnológicas experimentadas por el país.

El Poder Ejecutivo sostiene que el nuevo Código representa una transformación histórica del sistema penal dominicano, al sustituir una legislación de origen decimonónico por un marco jurídico diseñado para enfrentar delitos tradicionales y nuevas formas de criminalidad.

La propia promulgación de la Ley 44-26, que modificó 27 artículos de la Ley 74-25, constituye una señal de que el nuevo Código no ha quedado cerrado al debate. El Gobierno creó una comisión de seguimiento y socialización encabezada por el expresidente del Tribunal Constitucional Milton Ray Guevara, con la misión de evaluar futuras mejoras y acompañar el proceso de implementación.

El desafío ahora será determinar si las nuevas herramientas jurídicas se traducirán en una persecución más efectiva de la delincuencia, mayores garantías para las víctimas y mejores condiciones para la administración de justicia, sin que el incremento del poder sancionador del Estado termine afectando derechos y libertades fundamentales.

Después de 142 años de vigencia del viejo Código Penal, la sociedad dominicana comienza así a experimentar en la práctica los alcances de una reforma largamente reclamada. El debate, sin embargo, está lejos de concluir: mientras sus promotores la presentan como la modernización indispensable de la justicia penal, sus críticos advierten que todavía existen disposiciones que deberán ser sometidas a revisión constitucional, jurídica y política.

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