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Presidente Luis Abinader promulga el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso Nacional

Por JAVIER PEGUERO

  • El Poder Ejecutivo afirma que es una ley que endurece las penas, persigue con rigor la criminalidad organizada y responde a los nuevos delitos que amenazan la convivencia social y la seguridad de todos.

SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader promulgó este domingo el nuevo Código Penal de la República Dominicana, lo que este califica de un avance que sustituye la legislación que rigió desde 1884.

Tras décadas de intentos fallidos, este nuevo Código Penal actualiza una nueva legislación de 141 años, que fue aprobada por los partidos políticos mayoritarios, precisa un comunicado de prensa de la Presidencia de la República.

Sostiene que el nuevo Código Penal, que se puede definir como «un paso de avance, se erige como una pieza clave para la protección de los derechos de las personas, el fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la persecución efectiva de los delitos».

Los legisladores citan entre sus avances más relevantes:

  • La tipificación de nuevos delitos como el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de deepfakes (los cuales son contenidos manipulados mediante inteligencia artificial, generalmente videos o audios). La palabra viene de la combinación de «deep learning» (aprendizaje profundo, una técnica de IA) y «fake» (falso), con fines de chantaje, la estafa piramidal, la intermediación financiera no regulada, la instigación al suicidio.

También se tipifican todos los supuestos convencionales de crímenes de lesa humanidad y genocidio, la desaparición forzada, los delitos con dolo eventual y culpa consciente, los daños por dopaje, el autosecuestro, la falsa denuncia, la obstrucción de justicia y se eleva la pena para la violación sexual dentro del matrimonio o en relaciones de pareja.

  • El aumento de las penas de prisión hasta 40 años, e incluso hasta 60 años en caso de concurso de infracciones graves.
  • La creación de medidas socio judiciales, que incluyen vigilancia posterior al cumplimiento de condena, registro de agresores sexuales y programas de reeducación para la reinserción social de los infractores.
  • La responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo cual permite sancionar a personas jurídicas que, por negligencia o actos de sus representantes, incurran en delitos.
  • Órdenes de protección más robustas para víctimas de violencia de género, intrafamiliar o de cualquier agresión que amenace su integridad.                                                                                                                                                                                                                                    Asimismo, la nueva ley fortalece la lucha contra la corrupción administrativa, al ampliar los plazos de prescripción, endurecer las sanciones e inhabilitar a los responsables de incurrir en este delito para ocupar cargos públicos.

La reforma también extiende los plazos de prescripción de delitos sexuales contra menores de edad y personas vulnerables hasta los 30 años, contados desde que la víctima alcanza la mayoría de edad.

El Código Penal promulgado, además de sancionar, incorpora un enfoque preventivo y resocializador, reconociendo la seguridad ciudadana como una responsabilidad compartida entre el Estado y toda la sociedad en general.

Esta actualización dota al sistema penal dominicano de herramientas modernas para enfrentar la criminalidad en todas sus formas, incluyendo la delincuencia organizada, y garantizar la protección efectiva de las víctimas, en consonancia con los principios de un Estado social y democrático de derecho.

Con la promulgación del nuevo Código Penal, que entrará en vigencia en 12 meses, la República Dominicana deja atrás un marco normativo anacrónico y avanza hacia un modelo de justicia moderno, centrado en la protección de los derechos humanos.

Las críticas de la Oposición

Sectores de la oposición han criticado acremente porque el nuevo Código Penal no incluye las “tres causales” del aborto, lo que mantiene la penalización en casos de violación, malformación fetal u riesgo de vida para la mujer.

La Coalición por los Derechos y la Vida de las Mujeres ha expresado oposición firme, calificando el proyecto como un “franco retroceso” y subrayando que pone en peligro los derechos de mujeres, niñas y niños.

Principales argumentos de la oposición

Retroceso en derechos reproductivos y de las mujeres:

  1. No incluye las “tres causales” del aborto, lo que mantiene la penalización en casos de violación, malformación fetal u riesgo de vida para la mujer. La Coalición por los Derechos y la Vida de las Mujeres ha expresado oposición firme, calificando el proyecto como un “franco retroceso” y subrayando que pone en peligro los derechos de mujeres, niñas y niños.

  2. Exoneración penal de las instituciones religiosas
  • El artículo que exime a las iglesias (y al Estado, municipios, etc.) como entidades jurídicas de responsabilidad penal ha sido duramente criticado. La oposición advierte que esto podría convertirlas en refugios legales frente a crímenes graves como la pederastia. Aunque individuos pueden ser juzgados, la institución en sí no puede responder penalmente.
  1. Discriminación por orientación sexual                                                                                                                                                                                                                                                            La eliminación del delito por discriminación según orientación sexual (Artículo 185) ha sido interpretada por sectores de oposición como un paso atrás en materia de derechos humanos, al legitimar el rechazo laboral y acceso restringido a espacios públicos o privados para personas LGBTQ+.
  1. Tensiones en la persecución de delitos de corrupción
  • Aunque el código amplía el plazo de prescripción de delitos de corrupción de 10 a 20 años, algunos opositores argumentan que sigue siendo insuficiente, especialmente considerando episodios de impunidad y el retraso en iniciar procesos judiciales. Además, han denunciado que los debates sobre temas morales (como el aborto) desvían la atención del debate sobre corrupción.
  1. Debates sobre violación y justicia militar
  • Se ha criticado que no se considera violación sin penetración, y que las penas se reducen si el agresor está dentro del vínculo matrimonial. También se cuestiona la regulación de justicia militar: algunos temen que militares sean juzgados solo por tribunales castrenses, lo que podría debilitar la rendición de cuentas civiles.
  1. Falta de debate transparente y apresuramiento legislativo
  • Varios opositores denuncian que la aprobación se ha hecho «a la carrera» en el cierre del período legislativo, entre elecciones y cambio de cámara. Esto ha sido visto como una maniobra para evitar el debate público y postergar temas sensibles.

Enfoque técnico-gubernamental: limitaciones procesales

Aunque menos citado por la oposición política formal, algunos analistas legales han señalado problemas en recursos procesales incluidos en el nuevo CPP:

  • El recurso de oposición (art. 407 y 409) procede solo contra fallos sobre procedimientos o incidentes, y su decisión es ejecutoria de inmediato, lo que podría violentar el debido proceso y desigualar el derecho de defensa si no se aplica con cuidado.
  • Críticas adicionales señalan que plazos muy breves (3 días) para contestarlo y que solo procedimientos limitados pueden recurrirse amenazan principios como la igualdad, contradicción y justicia del proceso.

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