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TSE deja en estado de fallo demanda contra 33 partidos por no alcanzar el 1 % en 2024

Por JAVIER PEGUERO

  • Las organizaciones minoritarias defienden su personería jurídica y acceso al financiamiento público; PVN pide aplicar las disposiciones de la Ley 33-18

SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado el proceso mediante el cual el Proyecto Visión Nación (PVN) y José Cristopher Ramírez procuran la nulidad de la personería jurídica de 33 partidos, agrupaciones y movimientos políticos que no alcanzaron el 1 % de los votos en las elecciones de 2024.

La decisión fue adoptada al concluir una audiencia maratónica en la que abogados de gran parte de las organizaciones puestas en causa defendieron su permanencia en el sistema político y el derecho a conservar las prerrogativas derivadas de su reconocimiento legal.

También participaron en los debates representantes de la Junta Central Electoral (JCE) y de la parte accionante. El TSE había dispuesto previamente la incorporación de las 33 organizaciones al proceso, luego de acoger una solicitud de la JCE para garantizar su participación y derecho de defensa.

El presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, otorgó a las partes un plazo común de 10 días para depositar escritos justificativos de las conclusiones formuladas durante la audiencia. Precisó que en esos documentos no podrán plantearse nuevas pretensiones y que, vencido el plazo, el expediente quedará definitivamente en estado de fallo reservado.

El conflicto gira alrededor de la interpretación y aplicación del artículo 75 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, disposición que los accionantes consideran establece las consecuencias jurídicas para las organizaciones que no alcanzan el porcentaje mínimo de votación exigido.

PVN sostiene que la JCE debe aplicar estrictamente la legislación y plantea que las organizaciones que no consiguieron el porcentaje requerido en los comicios de 2024 no deben continuar disfrutando de su personería jurídica ni de las prerrogativas vinculadas con ese reconocimiento.

El expediente también tiene implicaciones económicas. El artículo 61 de la Ley 33-18 establece la distribución del financiamiento estatal según la votación obtenida: 80 % para los partidos que superan el 5 %, 12 % para los que obtienen más del 1 % y menos del 5 %, y 8 % para aquellos que alcanzan entre 0.01 % y 1 %.

De acuerdo con informaciones publicadas sobre el proceso, mientras una organización conserve su personería jurídica continúa siendo reconocida por la JCE y puede acceder a las prerrogativas correspondientes, lo que explica la trascendencia política y económica de la demanda.

El caso ocurre además en un contexto de controversias recientes sobre la categorización de las organizaciones políticas y la distribución del financiamiento público. En 2025, el TSE anuló resoluciones de la JCE relacionadas con esos criterios y ordenó establecer una nueva metodología basada en el total de votos válidos obtenidos durante el ciclo electoral.

Con el cierre de los debates, corresponde ahora al tribunal analizar los argumentos jurídicos de las partes y determinar el alcance que tendrá la legislación electoral sobre la permanencia de estas 33 organizaciones en el registro de entidades políticas reconocidas.

La eventual decisión del TSE tendrá repercusiones no solo sobre los partidos y movimientos involucrados, sino también sobre el criterio que deberá aplicar la JCE respecto a la personería jurídica, categorización y financiamiento público de las organizaciones políticas con menor votación.

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