Económicas

Con más de RD$500 millones Gobierno mantiene sin variación precios de combustibles

Por ALBERTO GARCIA HUERTA

SANTO DOMINGO.- El viceministro de Comercio Interno, Ramón Pérez Fermín, explicó que las cotizaciones diarias del WTI oscilaron entre US 77.56, valor mínimo, y US 79.72 como valor máximo, por lo que el Gobierno del presidente Luis Abinader mantendrá los subsidios extraordinarios a los principales hidrocarburos.

“En esta semana del 16 al 22 de marzo, comprometidos con proteger a los consumidores de las fluctuaciones internacionales en los precios del petróleo, hemos decidido subsidiar, tal cual se planificó en el presupuesto nacional para estos casos, casi 35 pesos por galón el gasoil regular, 25 pesos el gasoil óptimo, más de 30 pesos a la gasolina regular, 25 pesos a la gasolina premium y casi 8 pesos al GLP”, explicó el viceministro.

También dijo que el subsidio representa un sacrificio financiero de cerca de RD 547.4 millones, “pero estamos firmes en nuestro compromiso de mantener la estabilidad económica y aliviar la carga sobre los ciudadanos”, refirió.

Aseguró que continúan monitoreando de cerca los precios internacionales del crudo y sus derivados, tomando medidas oportunas, “como lo hemos venido haciendo, para proteger a la población de cualquier impacto adverso”. 

Para la semana del del 16 al 22 de marzo 2024, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes dispone que los combustibles se comercialicen a los siguientes precios.

Gasolina premium  RD 290.10 por galón mantiene su precio.
Gasolina regular  RD 272.50 por galón mantiene su precio.
Gasoil regular RD 221.60 por galón mantiene su precio.
Gasoil óptimo RD 239.10 por galón mantiene su precio.
Avtur RD 213.32 por galón sube RD 2.94.
Kerosene RD 245.14 por galón sube RD 3.27.
Fuel oíl #6 RD 159.22 por galón sube RD 1.94.
Fuel oíl 1%S RD 176.33 por galón  sube RD 2.23.
Gas licuado de petróleo (GLP) RD 132.60 por galón mantiene su precio.
Gas natural RD 43.97 por m3 mantiene su precio.

La tasa de cambio promedio semanal es de RD 59.15, tomada de las publicaciones diarias del Banco Central.

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