
Decreto 615-26 coloca ríos, cuencas, acueductos y presas bajo prioridad estratégica de seguridad nacional
Por JAVIER PEGUERO
- La disposición del presidente Luis Abinader busca prevenir, detectar, investigar y combatir acciones graves contra recursos naturales e infraestructuras esenciales para la seguridad hídrica, ambiental, alimentaria y económica del país
SANTO DOMINGO.— El presidente Luis Abinader promulgó el Decreto 615-26, mediante el cual el Gobierno dominicano declara de alto interés nacional y prioridad estratégica para la seguridad nacional la prevención, detección, investigación y combate del denominado “terrorismo medioambiental”.
La medida coloca bajo especial protección una amplia gama de recursos naturales e infraestructuras consideradas esenciales para la vida y el desarrollo del país, entre ellas las cuencas hidrográficas prioritarias, acuíferos, nacimientos de ríos, presas, embalses, lagos, canales principales de riego, acueductos y plantas de tratamiento de agua.
El decreto también incluye dentro de los activos ambientales de especial protección a los parques y demás áreas protegidas, bosques protectores, manglares, humedales y arrecifes coralinos, así como otros ecosistemas cuya destrucción pueda comprometer la seguridad hídrica, alimentaria, ambiental o económica de la República Dominicana.
¿Cuál es el objetivo principal?
El objetivo central del Decreto 615-26 es fortalecer la capacidad del Estado para prevenir, detectar, investigar y neutralizar acciones graves y deliberadas contra los recursos naturales y las infraestructuras ecológicas estratégicas del país, mediante una mayor coordinación entre los organismos de seguridad, inteligencia, protección ambiental y persecución penal.
Para esos fines, la disposición ordena establecer una Política Nacional de Prevención contra el terrorismo medioambiental, que deberá concentrarse en la protección de las cuencas, bosques y áreas protegidas; la prevención de incendios forestales provocados, y la protección de las infraestructuras de agua potable, saneamiento y energía.
La iniciativa involucra al Ministerio de Defensa, Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ministerio de Interior y Policía, Ministerio de Justicia, Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), Dirección General de Migración, Dirección Nacional Antiterrorista y organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas, con la participación del Ministerio Público cuando corresponda.
No crea un nuevo delito
Uno de los aspectos relevantes de la disposición es que no crea por sí misma un nuevo tipo penal denominado “terrorismo medioambiental”. El concepto será utilizado con fines administrativos, preventivos y de coordinación institucional para identificar aquellas agresiones contra recursos naturales, ecosistemas o infraestructuras estratégicas que, por su gravedad, medios empleados y finalidad, reúnan los elementos establecidos en la Ley 267-08 sobre Terrorismo y demás legislación penal aplicable.
El decreto dispone además que, cuando se produzcan agresiones contra el patrimonio ambiental, estas deberán ser remitidas al Ministerio Público, que tendrá a su cargo determinar las infracciones correspondientes, ejercer la acción penal y dirigir las investigaciones.
La decisión gubernamental cobra especial relevancia ante problemas como la extracción ilegal de materiales de los ríos, incendios forestales provocados, ocupaciones y daños en áreas protegidas y otras acciones capaces de deteriorar las fuentes de agua. De hecho, el Gobierno ha señalado intervenciones en las cuencas de los ríos Haina y Nizao como parte de las medidas de protección ambiental.
El Decreto 615-26 también contempla la participación ciudadana mediante mecanismos y plataformas de denuncia confidencial, con medidas de protección para quienes reporten de buena fe amenazas contra los recursos naturales estratégicos.
En términos prácticos, la disposición convierte la defensa de ríos, cuencas, bosques, presas, acueductos y demás fuentes e infraestructuras vinculadas al agua en un asunto de seguridad estratégica del Estado, elevando la respuesta institucional frente a las acciones que puedan poner en riesgo el patrimonio natural y la disponibilidad de agua de la población dominicana.
En síntesis: el Decreto 615-26 procura que la protección del medioambiente, y particularmente de las fuentes de agua y ecosistemas estratégicos, deje de ser únicamente una responsabilidad sectorial de las autoridades ambientales y pase a involucrar de manera coordinada a los organismos de seguridad, inteligencia, justicia y protección del Estado.




